El descenso administrativo del Sevilla FC en 1995


El 23 de julio de 1995 se alcanzaron en Sevilla los 46,6 °C, una cifra que aún se mantiene como el récord oficial más alto registrado en la ciudad por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET). Aquel verano fue especialmente largo y seco, y la ola de calor afectó con especial dureza a todo el valle del Guadalquivir. Sin embargo, aquel verano es recordado en Sevilla por un acontecimiento que no podía combatirse en casa, ya que el Sevilla FC vivió el episodio más convulso de su historia moderna: el descenso administrativo decretado por la Liga de Fútbol Profesional. 

El 1 de agosto, la LFP comunicó que tanto Sevilla como Celta de Vigo bajaban a Segunda B (actual 1ª RFEF) por no haber presentado correctamente los avales económicos del 5% de su presupuesto. Se trataba del castigo más duro que podía imponerse por no presentar ese aval. No era un castigo por deudas con jugadores y proveedores o insuficiencia económica.

En el caso sevillista, se trataba de un fax con un talón de 85 millones de pesetas sin firma (unos 500.000 euros en la actualidad) y la defensa de un aval depositado en 1991 que, según el club, tenía validez de cinco años. Pero La Liga exigía renovación anual y no aceptó ninguno de los argumentos. Con un comunicado, consumó el descenso sin margen de subsanación y automáticamente mantuvo en primera a Valladolid y Albacete, sin esperar a los recursos que podían ser presentados por Celta y Sevilla.

La noticia fue recibida como un terremoto en la ciudad. Luis Cuervas, presidente del Sevilla, compareció pocos días después para anunciar su dimisión: “Me voy con la conciencia tranquila, aunque esta es la decisión más dura de mi vida. No aceptaré que se diga que el Sevilla no tiene derecho a estar en Primera. Hemos cumplido y se nos castiga de manera injusta”. El sevillismo respondió con una manifestación multitudinaria el día 2 de agosto (en una época sin redes sociales ni teléfonos móviles) bajo consignas como "Sevilla es de primera", “El Sevilla no se toca”, “Justicia para el Sevilla”, "Vamos pa'lante" o "Sevilla hasta la muerte". Y hubo otra manifestación el 7 de agosto.

El club presentó de inmediato un recurso ante el Consejo Superior de Deportes. Los servicios jurídicos, con José María del Nido Benavente, quien entró como vicepresidente interino, como uno de sus rostros más visibles, insistieron en que el aval estaba cubierto y que el defecto era formal. “El Sevilla tiene cubierta la garantía. Lo que hay es un defecto de forma, no de fondo. La sanción es desproporcionada y recurriremos hasta las últimas consecuencias. Si es necesario, pediremos a un juez que paralice cautelarmente el inicio de la Liga”, advertía Del Nido en declaraciones a la prensa. El argumento de la desproporción fue central: el club denunciaba que un error de procedimiento no podía castigarse con el descenso directo a Segunda B, un castigo que suponía saltar dos categorías de golpe y que amenazaba con la ruina deportiva e institucional.

El 11 de agosto, el CSD emitió un dictamen que reconocía lo esencial del recurso. “Aparentemente, Sevilla y Celta ya han cubierto la garantía”, admitía el secretario de Estado para el Deporte, Rafael Cortés Elvira. “Si el Sevilla y el Celta no son readmitidos, el riesgo es que un juez suspenda el inicio del campeonato. La solución de los 22 equipos no es la mejor, pero es la menos mala. Lo que no podemos es tener la Liga bloqueada”. Sus palabras reflejaban que la sanción inicial no sólo era excesiva, sino insostenible desde el punto de vista jurídico y competitivo.

Finalmente, el 16 de agosto, la asamblea de la LFP aprobó la fórmula de la “Liga de 22”, que devolvía a Sevilla y Celta a Primera y mantenía también a Valladolid y Albacete. La decisión fue adoptada por aclamación y plasmada en la célebre frase de Jesús Gil, presidente del Atlético de Madrid: “¿En qué quedamos? ¿22 equipos? ¿Estamos todos de acuerdo? Pues aprobado”.

El recurso del Sevilla FC había logrado su objetivo: desmontar la base del descenso administrativo al demostrar que el aval estaba cubierto y que la sanción aplicada era desproporcionada. Lo hizo con la presión de su afición, el empuje de sus abogados y el apoyo de un dictamen del CSD que reconocía el fondo del argumento. Pero, ¿en qué consistió aquel recurso? Básicamente puede resumirse en cinco puntos:

1. El aval estaba realmente cubierto.

El Sevilla había ingresado los 85 millones de pesetas exigidos, aunque con defectos de forma: un fax con un talón sin firma y la pretensión de que un aval de 1991, con validez de cinco años, sirviera para la temporada 95-96. Es decir, no se trataba de un club insolvente o incapaz de responder económicamente, sino de un problema de procedimiento administrativo. Penalizar con un descenso a Segunda B por un defecto formal resultaba excesivo.

2. La sanción era el castigo más grave posible.

El descenso administrativo directo a Segunda B significaba saltar dos categorías de golpe (de Primera a la tercera categoría del fútbol español), con un impacto económico, deportivo e institucional devastador. Se aplicó la máxima sanción cuando había alternativas más proporcionales, como multas, plazos de subsanación o pérdida de derechos federativos temporales.

3. Se aplicó de manera inmediata y sin margen de apelación.

La LFP anunció el descenso el mismo 1 de agosto, sin esperar a que el Sevilla presentara alegaciones o corrigiera los defectos. Eso fue interpretado como una decisión precipitada, que vulneraba el derecho de defensa y la seguridad jurídica.

4. El perjuicio era mayor que la falta cometida.

El castigo no sólo afectaba al Sevilla como institución, sino también a su masa social (decenas de miles de socios y aficionados), a sus trabajadores y al propio equilibrio de la competición. El Consejo Superior de Deportes llegó a reconocer que se estaba castigando “a la afición y al fútbol en su conjunto” por una irregularidad ya corregida.

5. Riesgo de colapso judicial.

El recurso del Sevilla advertía de que un juez ordinario podía dictar medidas cautelares y paralizar el inicio de la Liga. Eso reforzó la idea de que la sanción no era sólo dura, sino también impracticable en un Estado de derecho: no se podía justificar un descenso tan severo cuando existían pruebas de que el dinero estaba depositado.

La decisión de la Liga de Fútbol Profesional de anunciar el descenso administrativo del Sevilla FC sin esperar a la resolución de los recursos, fue una clara imprudencia institucional. Se aplicó de inmediato la sanción más severa posible —el envío directo a Segunda B— pese a que el club había presentado alegaciones y disponía de vías legales para subsanar los defectos detectados en el aval. 

En lugar de respetar los tiempos de apelación y dar una respuesta jurídica completa, la LFP precipitó un castigo que desató un terremoto social, político y deportivo que podía haberse evitado con una mayor prudencia. Incluso con propuestas de sanción alternativas como una multa económica, incluso deportiva, restando puntos en la clasificación al primer equipo.

Esa falta de espera convirtió un problema de procedimiento en una crisis nacional. El Sevilla demostró en pocos días que el aval estaba realmente cubierto, y el propio Consejo Superior de Deportes reconoció que mantener la sanción sería desproporcionado. La imprudencia de la Liga al no dar margen al recurso abrió la puerta a un conflicto judicial que amenazaba con paralizar el inicio de la temporada, que no sólo perjudicaba al resto de clubes sino que dañó la imagen de La Liga. Fue un error de gestión que terminó obligando a improvisar una solución de urgencia con los ya mencionados 22 equipos en primera división.

Aquello marcó un antes y un después en la disciplina económica del fútbol español. Aquel episodio evidenció que el sistema era poco flexible y que castigar con la sanción más dura por un error de procedimiento era desproporcionado y dañino no sólo para los clubes afectados, sino para la competición en su conjunto. Desde entonces nunca más se aplicó un descenso administrativo por avales, y los casos posteriores de exclusión (Murcia en 2014, Elche en 2015 o Reus en 2019) se fundamentaron en incumplimientos materiales graves, como deudas con Hacienda o impagos salariales.

El precedente de 1995 impulsó una reforma profunda en la gobernanza del fútbol profesional. Se implantaron mecanismos de control más equilibrados como el límite salarial, las Normas de Elaboración de Presupuestos y el control económico inspirado en el Financial Fair Play de la UEFA, con fórmulas de subsanación y sanciones intermedias antes de llegar a un descenso. 

Además, el Consejo Superior de Deportes reforzó su papel de supervisión, y desde 2014 el Tribunal Administrativo del Deporte ofrece una vía de revisión garantista. En conjunto, aquel conflicto llevó a un modelo más transparente y proporcional, donde las sanciones ya no responden a defectos formales, sino a incumplimientos económicos reales.

Con el paso de los años, aquel episodio recordamos en Nervión como una victoria jurídica y social frente a una injusticia histórica, inédita, sin precedentes ni antecedentes, y como la prueba de que el sevillismo supo defender sus derechos.

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